Desde la ASOCIACIÓN FAMILIAR
BAGARA DENUNCIAMOS la Resolución de comienzo de curso de la Viceconsejería
de Educación.
La razón de la denuncia es el
contenido del punto 4.5.2 de la Resolución dirigida a los centros de
Educación Secundaria. Ahí se dice que “En
caso de no existir alumnado de Religión, no será necesaria la realización de
Proyectos Orientados a la Comunidad (si bien el centro podrá ofrecerlo si así
lo desea)”.
Una Resolución similar ya fue
denunciada por BAGARA ante la Consejería de Educación en marzo de 2023 (Nº de
registro 2023RTE00383682).
EL citado texto va en
contra de lo dispuesto por el Decreto 76/2023 de 30 mayo (BOPV
09-06-2023), que en su disposición adicional segunda dicta lo siguiente: “Los
centros docentes dispondrán las medidas organizativas para que el alumnado
que no curse enseñanzas de religión reciba la debida atención educativa. Ésta
impulsará el desarrollo de las competencias clave a través de la realización de
proyectos al servicio de la comunidad que contribuyan a la madurez personal,
social y emocional del alumnado, así como a promover la autonomía, la
reflexión, la responsabilidad y los valores cívicos y éticos del alumnado”.
Como se ve, el Decreto
establece la obligatoriedad de “la realización de Proyectos al servicio de la
comunidad…” para todo el alumnado que no curse religión, sin ninguna
excepción.
Nos hemos encontrado con
numerosos equipos directivos que, para la matriculación en Bachillerato, están
“informando” al alumnado de que, si nadie se apunta a Religión “se podrán ir a
casa una hora antes los viernes” (caso de 1º de Bachillerato) o “podrán dedicar
una hora a preparar el examen de la PAU (caso de 2º de Bachillerato).
Estas prácticas constituyen
una coacción intolerable para buena parte del alumnado, que
espontáneamente optaría por cursar Religión. Así lo han entendido en Autonomías
como Andalucía, Extremadura o Canarias, en donde se ha explicitado la
obligatoriedad de la Debida atención educativa (que en el País Vasco se
denomina Proyectos para la Comunidad) haya o no haya alumnado matriculado en
Religión.
Es lo que, de acuerdo a la
legalidad vigente, se tendría que hacer, muy especialmente, en el País Vasco:
En efecto, frente a la Disposición General del Gobierno Vasco, Decreto 23/2009,
reguladora del currículo de Bachillerato, la Sentencia del Tribunal Supremo
del 20/07/2012 considera que la exención de la alternativa (a la Religión)
al alumnado que no elige Religión tiene “un efectivo efecto disuasorio de los
alumnos (o sus padres) que potencialmente podrían elegirla” (la Religión).
Por todo lo anterior,
DEMANDAMOS
Que se corrija la Resolución
de la Viceconsejería y que se informe a todos los centros de Secundaria y
Bachillerato de que, haya o no haya alumnado matriculado en Religión, es
obligatoria la impartición de Proyectos para la Comunidad, tal y como se
establece en el Decreto.
Esperando que el Departamento
cumpla con la obligación de respetar y hacer cumplir la legalidad, reciba un
saludo.
Vitoria-Gasteiz,
septiembre de 2025
ASOCIACIÓN
FAMILIAR BAGARA - BAGARA GURASO ELKARTEA
bagaraelkartea@gmail.com - CIF G-95393252